Alternativa Latinoamericana
      
Alberta, September-October 2007
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ALTERNATIVA Latinoamericana
ACTUALIDAD
Luego de más de 20 años de
constantes, firmes y calificados
esfuerzos de sus pueblos y
comunidades, el Consejo de Derechos
Humanos de la ONU aprobó por fin el
pasado 29 de junio la Declaración
Universal de Derechos de los Pueblos
Indígenas. Resta ahora que conforme
al estatuto de este nuevo organismo
de protección de los derechos
humanos, la Asamblea General la
apruebe en el periodo de sesiones que
comienza en septiembre próximo.
Es de esperarse que, dado el
papel que ha tenido México en el
impulso de ese organismo y de esta
declaración, este nuevo instrumento
sirva para corregir las inconsistentes
reformas que en materia de derechos
y cultura indígenas se aprobaron en el
país el 14 de agosto de 2001. La
declaración, en efecto, establece
entre otras cosas que los pueblos
indígenas tienen, como colectividades
y como individuos, todos los derechos
humanos y libertades fundamentales
reconocidos por la ONU, obligando
coherentemente a los estados a
adoptar las medidas apropiadas,
incluso legislativas, para hacerlos
vigentes en la práctica, siempre en
consulta y cooperación con ellos.
Reconoce, además, el derecho
de estos pueblos a su
autodeterminación y a preservar y
fortalecer sus diferentes instituciones
políticas, legales, económicas,
sociales y culturales, al tiempo que
mantienen sus derechos a participar
de manera plena, si así lo deciden, de
la vida económica, social y cultural de
los países donde viven. Los pueblos
indígenas no serán desplazados de
sus tierras y territorios por la fuerza,
se prescribe en uno de los artículos.
No se procederá a ningún traslado sin
su consentimiento libre, previo e
informado, ni sin su acuerdo previo
sobre una indemnización justa y
equitativa y, siempre que sea posible,
la opción de su regreso.
"Los pueblos indígenas -se
determina en otro de los artículos-
tienen derecho a participar en la
adopción de decisiones en las
cuestiones que afecten a sus
derechos, vidas y destinos, por
conducto de representantes elegidos
por ellos, de conformidad con sus
propios procedimientos, así como a
mantener y desarrollar sus propias
instituciones de adopción de
decisiones". Los pueblos indígenas
tienen además derecho a las tierras,
territorios y recursos que poseen, en
razón de la propiedad u otra forma
tradicional de ocupación o utilización,
así como a la que hayan adquirido de
otra forma, se ordena en otro de los
artículos. "Los estados asegurarán el
reconocimiento y protección jurídica
de esas tierras, territorios y recursos.
Dicho reconocimiento respetará
debidamente las costumbres, las
tradiciones y los sistemas de tenencia
de la tierra".
"Los pueblos indígenas tienen
derecho a la reparación -se establece
en otro de los artículos-, por medios
que pueden incluir la restitución o,
cuando ello no sea posible, una
indemnización justa, imparcial y
equitativa, por las tierras, territorios y
recursos que tradicionalmente hayan
poseído u ocupado o utilizado de otra
forma, y que hayan sido confiscados,
tomados, ocupados, utilizados o
dañados sin su consentimiento libre,
previo e informado".
Un grupo especializado de la
ONU, abierto a la observación y
consulta de numerosos representantes
indios de muchos países del mundo,
creado en 1981 y autorizado al año
siguiente por el Consejo Económico y
Social (Ecosoc) -el Grupo de Trabajo
sobre Poblaciones Indígenas (GTPI),
dependiente de la Subcomisión de
Prevención de Discriminaciones y
Protección a las Minorías (que ahora se
llama Subcomisión para la Promoción y
Protección de los Derechos Humanos)-,
propuso en 1994 una nueva norma
internacional sobre derechos humanos
dirigida a contrarrestar las amenazas
que sufren los pueblos indígenas del
mundo, en la que venía oficialmente
trabajando desde hacía varios años. El
23 de junio de 1992, el Ecosoc informó
en efecto que la subcomisión
mencionada había recomendado a la
nueva presidenta-relatora del GTPI,
Erica-Irene Daes, que desarrollara los
párrafos del proyecto de Declaración
Universal sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas que ya habían sido
aprobados en primera lectura por los
miembros del GTPI en su noveno
periodo de sesiones. Informó,
asimismo, que la entonces Comisión de
Derechos Humanos había acogido con
agrado esta decisión.
En 1994 la Asamblea General de
la ONU declaró también que la
adopción de dicha declaración sería uno
de los objetivos principales del Decenio
Internacional de las Poblaciones
Indígenas del Mundo, que sin embargo
no pudo concretarse. No ha sido hasta
después del 11 periodo de sesiones del
GTPI, en febrero de este año, cuando
su presidente, Luis Enrique Chávez, de
Perú, propuso un texto revisado, más
enérgico en algunos puntos y más débil
en otros que el proyecto original
redactado en 1994, el cual felizmente
fue remitido para su discusión y
aprobación no a la extinta Comisión de
Derechos Humanos de la ONU, sino al
Consejo de Derechos Humanos, en su
primer periodo de sesiones.
Su adopción provocó regocijo
entre los indígenas que participan en
las reuniones de la ONU en Ginebra.
Miguel Concha (La
Jornada)
Declaración de
derechos indígenas
en la ONU
Separemos
aguas entre el baleo,
los robos y el pillaje
en las poblaciones y
la violencia con que
el cuarto gobierno de
la Concertación
enfrentó las legítimas
manifestaciones de la
ciudadanía a 34 años
del golpe militar
contra el gobierno del
Presidente Allende.
En lo primero, el
lumpen hizo su tarea,
situación que sucede
en todos los países
del mundo cuando
una parte de la
sociedad ha sido
sometida al exilio
social.
En las poblaciones que
rodean la periferia de Santiago,
territorio de nadie, no existe
autoridad, no por el hecho de su
ausencia física, sino porque allí
se trata de ciudadanos de
tercera o cuarta categoría.
Donde los servicios
asistenciales, comunes al resto
de la población de Santiago,
campean por sus penurias;
donde los salarios deben
repartirse entre 10 o más
integrantes de la familia, en
habitaciones que no
sobrepasan los 25 metros
cuadrados. Salarios que
evidentemente no constituyen el
ingreso total de esas familias, pues
el resto se consigue "a como dé
lugar", y donde por supuesto la
droga, el hurto, el robo, el saqueo
no están excluidos.
Todo ello desafía y
desenmascara lo que la autoridad
quiere ver en sus sesudos discursos
cuando se horroriza de los actos
vandálicos o de la muerte del
carabinero Vera. Ya el general de la
institución nos advirtió que "matar a
un carabinero en este país es matar
el derecho, matar un carabinero en
este país es matar el país". Tiene
razón el general Bernales. Sólo
habría que hacer una precisión: el
derecho murió en Chile cuando
quienes recibieron las armas para
defender la República, externa e
internamente, las volvieron contra el
mismo pueblo que se las entregó
para su defensa.
El cabo Cristián Vera tenía 34
años. Nació en 1973, justamente el
año cuando fue asaltada y
bombardeada La Moneda por el
Ejército, Carabineros y la Fuerza
Aérea. Entre los detenidos hay
muchachos que nacieron entre 1990
y 1995, lo cual ya no sorprende a
nadie. Pero lo que sí asombra es
que la clase política ­ alguien la
llamó en alguna ocasión, el "Club de
los 200", ¡tan sorprendentemente
pocos son los que mandan en este
país! ­ nunca se interrogó acerca de
las normas democráticas que nos
recetaron para estos interminables
años de transición democrática en
Chile. Digo esto porque frente a
tamaño proyecto democrático, una
gran parte del pueblo no participa ni
le interesa participar en las
elecciones. Tengamos conciencia
que del padrón de votantes hay 3
millones de ciudadanos, que
representan el 37% de electores,
que por diversas razones se
excluyen del acto de elegir o ser
elegido [1].
Bajo esta república de fantasía
se esconde la realidad que ni la
Chile: Un Destino
Ineluctable
Concertación ni la Alianza quieren
ver. Por eso, se nombró un Fiscal,
para investigar y llevar ante la justicia
los culpables. El ritual se proseguirá
ante los jueces de garantía u orales, y
todos tendremos la sensación que se
está haciendo justicia cuando se
aplique el rigor de la ley o el mayor
rigor con la Ley de Seguridad Interior
del Estado. Es la manera fácil de
resolver el problema: judicializar las
realidades y olvidar las
responsabilidades políticas.
Todo esto es un ejercicio inútil,
porque las grandes funciones de
la soberanía fueron privatizadas.
Es lo que sucede cuando por
mandato constitucional, el Estado se
ve privado de toda actividad
económica o participación en ella y
por ende debe confiar en empresarios
privados para resolver temas
públicos, como por ejemplo, la
educación, la salud, la vivienda, el
transporte urbano [léase
Transantiago], y las políticas
económicas a favor de la gran
mayoría de la población que debe
luchar por obtener ingresos vitales, y
que quedan entregados a la buena
voluntad de los empleadores.
El Soberano, el pueblo, no está
en los planes de un Estado que hoy
vive una crisis frente a la cual no tiene
respuestas. Por todas estas
situaciones, impresentables ante la
opinión pública, el General Bernales
yerra en cuanto al tiempo en que
murió el derecho. Pues el gobierno, al
olvidar en sus políticas al Soberano
ha perdido toda legitimidad.
Al comienzo de estas líneas
dijimos que había que separar aguas
entre las dos violencias: la del
gobierno y la del lumpen. Pues bien,
cuando el Soberano, ha dejado de
creer en un gobierno, porque éste ha
renunciado a ejercer el mandato que
el mismo le ha otorgado para
gobernar, las dos violencias como en
un sino ineluctable, se juntan,
simplemente porque el gobierno ha
perdido toda legitimidad. Recuperar el
derecho, es recuperar la Soberanía,
la misma que se perdió un día 11 de
septiembre de 1973.
Por Héctor Vega, Director, Fortín Mapocho
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